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octubre 13, 2024

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Empresas que no están obligadas a pagar utilidades: Todo lo que debes saber

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Su reparto es un derecho fundamental para los trabajadores, pero hay casos de empresas que no están obligadas a pagar utilidades.
Su reparto es un derecho fundamental para los trabajadores, pero hay casos de empresas que no están obligadas a pagar utilidades.

Su reparto es un derecho fundamental para los trabajadores, garantizado por la Constitución, pero hay casos de empresas que no están obligadas a pagar utilidades, dado que, por su naturaleza, están exentas de esta obligación.

Aquí el listado de cuáles son estas empresas y qué acciones puedes tomar si no recibes tu parte en los entes que no están exentos.

Empresas que no están obligadas a pagar utilidades

  • Empresas nuevas: Durante su primer año de operación, estas empresas están exentas del reparto de utilidades. Es decir, desde el momento en que se dan de alta en la Secretaría de Hacienda para iniciar actividades.
  • Empresas innovadoras: Aquellas dedicadas a la creación de un producto innovador tienen dos años de exención, determinados por la Secretaría de Economía, según la novedad del producto.
  • Empresas extractivas: Durante el periodo de exploración, estas empresas, principalmente en la industria minera, están exentas. Sin embargo, una vez que comienzan la producción, esta exención termina automáticamente.
  • Instituciones humanitarias: Aquellas instituciones de asistencia privada reconocidas por la ley y sin fines de lucro también están exentas.

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  • Instituciones públicas: El IMSS y otras instituciones públicas descentralizadas con objetivos culturales, asistenciales o de beneficencia no están obligadas al reparto de utilidades.
  • Empresas con ingresos menores: Aquellas cuyos ingresos anuales declarados no superen los 300,000 pesos están exentas.

¿Qué hacer si no se recibe el pago de utilidades?

Si tu empresa sí está obligada al pago de utilidades, pero eres uno de los trabajadores que no recibe su parte correspondiente, hay acciones que puedes tomar:

  1. Denuncia: Si sospechas que tu empresa está incumpliendo con la ley, puedes presentar una denuncia en inspeccionfederal@stps.gob.mx o acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para recibir asesoramiento.
  2. Inspección: Si necesitas una inspección, dirígete a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo para solicitar una visita.
  3. Conciliación: En caso de disputa, puedes recurrir a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. Si no cuentas con un abogado particular, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo puede patrocinar tu caso de manera gratuita.

Cabe recalcar que el pago de utilidades es un derecho irrenunciable de los trabajadores, y las empresas están obligadas a cumplir con esta responsabilidad, salvo en los casos específicos mencionados anteriormente.

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