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mayo 19, 2024

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Utilidades en México 2024: ¿Cuándo es la fecha oficial de entrega y cómo saber si las cobras?

En algunos empleos existe la prestación de las utilidades y este 2024, ya hay fecha de entrega; conoce aquí cuándo es y si puedes cobrarlas.

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La prestación de las utilidades 2024 en México es de los beneficios más esperados por trabajadores, pues es un extra que no todas las empresas ofrecen y que ayuda al bolsillo.

A poco tiempo de que sean entregadas, te compartimos los detalles y sobre todo qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre este beneficio.

Utilidades 2024 en México: ¿Cuándo las entregan?

Las utilidades 2024 en México serán entregadas a los trabajadores por las empresas entre el primer día hábil de abril y el último día de mayo.

Para las personas físicas, esta obligación se extiende desde el primer día hábil de mayo hasta el último día hábil de junio, según señala la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la Ciudad de México.

El reparto de utilidades es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en una empresa y cumplan con ciertas condiciones establecidas por la Ley Federal del Trabajo.

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¿Cómo calculo mi porcentaje?

El cálculo de las utilidades en México se basa en un porcentaje del total de las utilidades de la empresa. Aquí está la fórmula:

  • Total de Utilidades de la Empresa: Es la cantidad de dinero que la empresa ha ganado durante el año fiscal.
  • Días Trabajados: El número de días que el empleado ha trabajado en la empresa durante el año.
  • Días Totales en el Año: Generalmente, se consideran 365 días, pero en caso de años bisiestos, se ajusta a 366.

Recuerda que este cálculo se aplica a los trabajadores que cumplen con los requisitos establecidos por la Ley Federal del Trabajo y no se aplica a todos los empleados.

¿Quiénes no reciben esta prestación?

No aplican las utilidades para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos y otros que prestan servicios mediante el pago de honorarios sin relación de trabajo subordinado con el patrón.

También quedan exentas las empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

De cualquier forma, lo recomendable es que siempre te acerques con el departamento de Recursos Humanos de tu empresa para que aclares todas tus dudas.

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