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julio 8, 2024

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Aspectos fiscales que todo emprendedor debe conocer

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Fotografía ilustrativa sobre el SAT

Iniciar un emprendimiento no solo requiere de inversión y aterrizar puntualmente los servicios o productos que se buscan posicionar en el mercado o un sector en particular, hay que tener en cuenta que hay responsabilidades a cumplir ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para tener un control óptimo y claro sobre nuestro negocio.

Martha Elizabeth Ibarra, CEO de la firma de consultores legales empresariales Ibarra Navarrete & Kublich S.C., comparte a Players of Life Guadalajara los aspectos fiscales que todo emprendedor debe conocer para que una propuesta de negocio se consolide de manera exitosa y se integre conforme a la ley a la macroeconomía.

Para la CEO de la firma de consultores legales empresariales Ibarra Navarrete & Kublich S.C., Martha Elizabeth Ibarra, los jóvenes emprendedores mexicanos poseen, de manera general, cualidades que son claves en el desarrollo de nuevas empresas. Entre ellas, creatividad, pasión, confianza y visión.

“Si vas a crear una nueva empresa, te sugiero considerar los siguientes aspectos fiscales que debes contemplar para formalizar tu negocio ante el Servicio de Administración Tributaria y así contar con los derechos y obligaciones que te son aplicables”, explica la consultora Martha Ibarra.

¿Cómo se vincula tu empresa con el SAT?

Si eres un emprendedor en formación o estás en la primera etapa de tu negocio, la especialista recuerda que toda idea y modelo de negocio requiere de una planeación para materializarse, y en esa organización previa deben figurar de manera obligada algunos componentes: los aspectos jurídico-mercantiles y los económico-financieros, en primer término; y dentro de estos dos rubros, incluir la planeación correspondiente a la gestión de los recursos humanos, las operaciones de la marca, las ventas y el marketing.

Un aspecto que es medular, explica Martha Elizabeth Ibarra, quien, por cierto, también se ha desempeñado en años anteriores como magistrada, se refiere a los lineamientos fiscales que deben cubrirse:

  • Alta ante el registro federal de contribuyentes: En primer término, darte de alta como contribuyente y obtener tu RFC, ubicándote entre persona moral o física y seleccionando el régimen fiscal en el que encuadra tu negocio de acuerdo a su objeto social.
  • Conocer los impuestos a los que estarás sujeto: Al iniciar operaciones, por las ganancias que genere tu empresa estás obligado como contribuyente al pago de las siguientes contribuciones federales:
  1. Impuesto sobre la renta (ISR): que se refiere al impuesto directo que pagan las personas físicas y morales y que se aplica a los ingresos obtenidos por trabajar en México.
  2. Impuesto al valor agregado (IVA): que es el impuesto indirecto que se paga al adquirir un bien o servicio, que no aplica en todos los casos, como lo son las empresas del sector primario.
  3. Impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS): que es pagado por las empresas que producen, venden o importan productos, como por ejemplo la gasolina o la cerveza, alcoholes y tabaco, entre otras.
  • Declarar ante el Servicio de administración tributaria: Deberás presentar las declaraciones mensuales y anuales que correspondan en relación con las operaciones de tu empresa y reportar mediante las facturas electrónicas que se deben de generar por cada operación. Para facturar de forma electrónica deberás emitir comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), para lo cuál vas a necesitar tramitar tu firma electrónica (FIEL), junto con tu certificado de sello digital (CSD) y deberás contar con un sistema electrónico que te permita generar, enviar y almacenar tus CFDIs.
  • Cumplir con la emisión de recibos de nómina electrónicos: Al tener trabajadores en tu empresa, deberás emitirlos. También tendrás que inscribir a tus trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), así como calcular y pagar las aportaciones de los trabajadores para el INFONAVIT y calcular, retener y enterar las aportaciones de Seguridad Social al IMSS.
  • Contabilidad y su conservación por un plazo de cinco años: De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, las personas morales, y algunas físicas, están obligadas a llevar contabilidad, así como también los comerciantes, conforme al Código de Comercio. Dicha contabilidad deberá de conservarse por un plazo de cinco años contados a partir de la fecha en la que se presentaron o debieron presentarse las declaraciones con ella relacionada.
  • Materialidad de las operaciones: Debes conocer que las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades de comprobación tienen la posibilidad de solicitar al contribuyente que demuestre que las operaciones que lleva a cabo son reales y ciertas, para lo cual pueden requerir elementos de prueba como contratos, órdenes de compra, asientos contables y todos aquellos elementos que demuestren fehacientemente que sí se realizaron, ya que de no acreditarlo, pueden presumirse como una simulación, lo que incide directamente en la deducción y e acreditamiento, infracciones y multas, así como tipificación de delitos  como el de defraudación fiscal.
  • Multas por incumplimiento de obligaciones fiscales: El Servicio de Administración Tributaria está facultado para imponer una serie de sanciones que aplica a personas físicas y morales que incumplen con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma, te sugiero que las conozcas para que evites encuadrar en uno de los supuestos para tal efecto, con consultores fiscales especialistas en la materia.

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