Como cada año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó nuevos procesos, trámites y medidas para eficientar la recaudación de impuestos y el cumplimiento de cualquier contribuyente. Te invitamos a conocer los principales cambios fiscales que enfrentarás en este 2022:
CFDI 4.0
El primero de enero entró en vigor el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) 4.0. Esta versión de la “factura electrónica” ya se puede emitir y recibir, sin embargo el SAT nos permitirá seguir emitiendo y recibiendo CFDIs de la versión 3.3 hasta el 30 de junio de este mismo año. Algunas de sus principales adecuaciones son:
- Será obligatorio llenar el nombre y domicilio fiscal del emisor y receptor del comprobante de pago. Estos datos deberán coincidir con los registrados en la constancia del RFC o Cédula de Identificación Fiscal, incluyendo puntos y comas.
- Distinguirá las operaciones de exportación de mercancías con campos de llenado.
- Se identificarán los impuestos indirectos (IVA, IEPS, etc.).
- Enfatizará en reportar información de las operaciones con el público en general.
Cancelación de CFDI
Para evitar malas prácticas, en 2022 la cancelación de CFDI también trae importantes cambios. Ahora será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes. Además, se amplió el plazo para la cancelación de CFDIs. Anteriormente, el plazo debía cumplirse antes del 31 de enero del siguiente año. Ahora, las personas morales tendrán hasta el 31 de marzo del siguiente año y las personas físicas hasta el 30 de abril del siguiente año.
Complemento Carta Porte
Para combatir la informalidad y el contrabando, la autoridad fiscal anunció en el 2021 el complemento Carta Porte, un documento fiscal digital que acredita la posesión legal de los bienes o mercancías trasladadas en distancias mayores a 30 kilómetros del territorio nacional.
El complemento Carta Porte entró en vigor el 1 de enero de este año. Sin embargo, los contribuyentes tienen hasta el 31 de marzo de 2022 para emitir correctamente sus CFDIs con dicho complemento. Al pasar esta fecha, la autoridad fiscal aplicará sanciones por incumplimientos y errores en su llenado. Es importante diferenciar el impacto en las operaciones de comercio exterior, ya que el complemento aún no entra en vigor, éste será exigible a partir del 31 de marzo de 2022.
RESICO
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una simplificación administrativa para que el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. El objetivo de este nuevo esquema es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos. RESICO es una propuesta del SAT que se basa en las mejores prácticas internacionales.
Este nuevo régimen va dirigido tanto a contribuyentes con actividades empresariales y profesionales que otorguen el uso o goce temporal de bienes como a personas morales.
Con la creación del RESICO, se eliminó el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Derivado de ello y sin previo aviso, el SAT migró a los contribuyentes que se encontraban registrados como RIF al RESICO. Te recomendamos revisar tu constancia de situación fiscal ya que es posible que hayas sido parte de esa migración a este nuevo régimen
Buzón tributario
A partir del 2022 el buzón tributario será un medio de comunicación para los ciudadanos, de temas diversos, no solo fiscales. En algunos estados de la República llegarán anuncios de situaciones como embargos, avisos sobre adeudos, multas o tenencias no pagadas, por lo que será muy importante que en cuanto recibas un correo electrónico invitándote a revisar tu buzón tributario, lo hagas de inmediato.
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