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abril 25, 2024

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IVA a Netflix, Spotify y Uber

16% de Impuesto al Valor Agregado será incluido a partir de junio en tus facturas de aplicaciones de entretenimiento y movilidad

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Será desde el 01 de junio de este año, que todos los servicios adquiridos a través de plataformas digitales como Netflix, Spotify, Uber, Aibnb, iTunes y más, requerirán el pago del 16% de su valor como Impuesto al Valor Agregado.

En definitiva, la imposición ha sido cuestionada por expertos sobre tema fiscal y los usuarios, más en estos momentos en que pareciera que la situación económica para la mayoría de los ciudadanos del país estará afectada, como consecuencia del freno comercial que ha traído consigo el COVID-19.

Hace apenas unas horas, Netflix envió a través de correo electrónico, una notificación donde le comparte a los usuarios que a partir de junio la tarifa será diferente (mayor), los precios que actualmente manejan son:

  • Básico, incluye 1 pantalla (SD). Precio actual: $129 MXN, a partir de junio: $150 (aprox).  (MXN 129 por mes): puedes ver series y películas en 1 pantalla en calidad de definición estándar (SD).
  • Estándar, 2 pantallas (HD disponible). Precio actual: $169 MXN, a partir de junio $196.
  • Premium, 4 pantallas (HD y Ultra HD disponible). Precio actual $229, a partir de junio $266.

Al momento, no se ha dado una declaración sobre el tema para mitigar la pérdida de consumidores, sin embargo, estamos seguros que la inteligencia de Netflix generará una serie de estrategias u ofertas para mantener su cuota de mercado.

Fue el Legislativo, durante el 2019 que avaló estos cambios impositivos, una vez que resolvieron la Miscelánea Fiscal 2020.

Además de las aplicaciones de entretenimiento, se impondrá el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las que brindan servicio de hospedaje, transporte o enajenación a través de las apps, tal como Uber o Airbnb.

El SAT, máximo regulador de impuestos en nuestro país, será el encargado de la retención. Si están registradas en México deberán sólo registrarse como retenedores, pero si no están inscritos, tendrán que darse de alta en México como retenedor para efectuar la retención.

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